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El intendente de Macachín, Jorge Cabak (Frejupa, del PJ), volverá a estar en otro juicio oral y público por el Caso La Chicho Show: la Cámara Nacional de Casación Penal dio vuelta la sentencia que había declarado nulo el caso por el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa, apartó a esos jueces y ordenó que se haga un nuevo debate.

La sentencia, a la que accedió Diario Textual, fue firmada en las últimas horas. Ahora es posible que los defensores de Cabak y del resto de los imputados intenten apelar para que resuelva la Corte Suprema de la Nación. Igual es difícil que puedan cambiar la decisión: se descuenta que se deberá hacer un nuevo juicio, posiblemente en 2020, con otros magistrados a cargo del TOF.

El TOF había declarado nulo el proceso, en diciembre del año pasado, porque la denuncia original era anónima y, además, se perdieron los 36 casetes con las escuchas telefónicas en las que estaba basada.

El tribunal entendió que los allanamientos al local y otras casas fueron consecuencia directa de una denuncia inválida por haber quedado en el anonimato la identidad del denunciante. Además, consideró que el proceder policial fue irregular, al no reservar formalmente la identidad del denunciante y presenciar una comunicación telefónica ilegal, lo que implicó una degradación de la información aportada que conspiró contra la credibilidad que mínimamente debe presentar toda denuncia.

Con esos argumentos, absolvió a los siete imputados, entre ellos el jefe comunal. La Fiscalía apeló y ahora Casación Penal le dio la razón.

«A nuestro juicio -dijeron los jueces de Casación- la sentencia impugnada envuelve una demasía en la interpretación de la normativa, extendiendo su ámbito de protección, y presenta un fundamento sólo aparente por el que se tiende a descalificar una actuación legalmente practicada y, consecuentemente, una prueba legítimamente adquirida (…); defecto que constituye una causal definida de arbitrariedad en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resiente la motivación lógica del fallo y desatiende el mandato del artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación que reglamenta la garantía constitucional de la defensa en juicio -artículo 18 de la Constitución Nacional- en cuanto exige que las decisiones judiciales sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas de la causa».

¿Y con las cintas de grabaciones perdidas? «En cuanto a las transcripciones de las conversaciones telefónicas realizadas con motivo a las escuchas, entiendo que yerra el a quo (NdeR: por el TOF) al sostener que no serían válidas por no contarse actualmente con los casettes originales que grabaron las conversaciones de las intervenciones», dijeron en Casación. «Si bien aquellos fueron extraviados u objeto de un delito que debe investigarse en otra sede, las referidas transcripciones fueron realizadas en actas firmadas por un funcionario público, cumpliendo las formalidades requeridas. No se advierten en las actuaciones elementos de prueba que contradigan o pongan en pugna la veracidad de lo expuesto en éstas. Ni los magistrados ni las defensas han expresado las razones por las cuales habría de dudarse de lo transcripto por el funcionario público actuante a fin de no valorar este elemento probatorio en el contexto de la restante prueba aportada».

La Chicho Show es un recordado prostíbulo que funcionó hasta 2011. Era propiedad de Luis Daniel De Luca, junto a otros socios.

El predio era de una hectárea: había una docena de casas mas el prostíbulo, que tenía una barra y cuatro habitaciones donde se hacían los “pases”. Allí, incluso, hace un año se realizó una excavación en búsqueda de posibles restos de Marita Verón, la joven tucumana que cayó en manos de una red de trata y permanece desaparecida.

El fiscal federal Leonel Gómez Barbella había pedido que Cabak fuera condenado a 6 años de prisión y se le impusiera una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por haber sido, según había argumentado, partícipe necesario del delito de trata de personas porque permitió el funcionamiento de La Chicho Show, donde se explotaba sexualmente a mujeres. “Se da un caso de ‘manual’ de trata de personas”, había dicho frente a los jueces.

La misma pena, de 6 años, había pedido el fiscal al excomisario del pueblo, Hugo Mario Iglesias. Otro de los principales acusados era el dueño del prostíbulo, Luis Daniel De Luca -hoy radicado en Mar del Plata y con una agencia de quiniela-. El fiscal había reclamado que fuera condenado a 7 años. También había solicitado 7 años a otro de los dueños, Esmundo “Dito” Blas -exconcejal de Macachín y actualmente residiendo en Bolívar, donde tiene un restaurante-.

En tanto, había solicitado 5 años de prisión a Leandro Otero -transportista de Macachín-, Maximiliano De Luca -hijo de Luis Daniel, que trabaja en Mar del Plata- y a Oscar Moya -remisero de la localidad-.