En la última sesión, del Concejo Deliberante de Macachín, se aprobó por unanimidad el proyecto presentado por el ejecutivo, e impulsado por la Dirección de género de la Municipalidad de Macachín.

El texto de la norma establece dos tipo de licencias;

 

  • Licencia para prevención y cuidado de la salud femenina de dos (2) días consecutivos anuales, para la realización de exámenes ginecológicos. Si el personal femenino está encuadrado en un grupo de riesgo según certificado médico, la licencia especial será de dos (2) días consecutivos por semestre. Se deberá acreditar la realización de los exámenes -no su resultado-, dentro de los dos (2) días corridos de ejercida la licencia.
  • Licencia por lesiones sufridas con motivo de episodio de violencia en el marco de la ley provincial N° 1918 y la ley nacional N° 26.485. Para justificar la licencia será suficiente con presentar las actuaciones que hubiere hecho el afectado, ante cualquier repartición que fuere competente. La duración de la licencia será determinada en cada caso, y la misma podrá ser prorrogada.

En otro punto se establece que estas licencias no son acumulables.

Sin antecedentes

La iniciativa no tiene antecedentes en La Pampa, y se desprende de la Ley provincial N°643 (Estatuto para los Agentes de la administración pública de la provincia, y de los poderes Ejecutivo y Legislativo).

Los considerandos que se tuvieron en cuenta para la formulación de esta ordenanza son los siguientes:

  • Que, los nuevos paradigmas socio culturales nos impulsan a analizar las prácticas culturales tradicionales y las normas que regulan dichas prácticas y conceptos, bajo una nueva visión.
  • Que, entre estos nuevos paradigmas, quizás el más relevante y movilizador ha sido el referido a la perspectiva de género en el diseño e implantación de políticas públicas con el fin de eliminar la discriminación y la violencia contra la mujer.
  • Que, la deconstrucción de los estándares tradicionales que propone dicho movimiento es una tarea necesaria pero ardua, por ello, toda acción legislativa en pos de ese objetivo es útil y relevante.
  • Que, en este sentido, se ha detectado que la legislación laboral aplicable a la Municipalidad de Macachín, no prevé licencias especiales aplicables a situaciones puntuales que obedecen a la temática de género; por ejemplo, licencias para prevención y cuidado de la salud femenina, y licencia por lesiones sufridas con motivo de episodio de violencia en el marco de la ley provincial N° 1918 y la ley nacional N° 26.485; entre otras causas que pudieran ameritar licencias especiales.
  • Que, otorgar una licencia para la realización de exámenes ginecológicos se justifica, habida cuenta que tales estudios son obligatorios y necesarios para la protección de la salud femenina, y no hay una licencia laboral legislada para ello.
  • Que, el flagelo de la violencia doméstica es una realidad que nos golpea a diario.
  • Que, no existe en la legislación laboral actual, una licencia laboral para una persona que ha sufrido un episodio de violencia doméstica en los términos de ley provincial N° 1918 y la ley nacional N° 26.485; ello, con la finalidad de permitir su tratamiento ante el episodio vivido, y sobre todo para evitar la exposición de la persona y la posible re victimización que puede implicar asistir a su ámbito de trabajo luego de haber sufrido un episodio de violencia.