milei

Fue publicado en el boletín oficial el jueves 21, uno de los puntos importantes es la derogación de la Ley de Alquileres» para permitir la libre negociación de contratos. Cómo son los tiempos del proceso.

El Gobierno de Javier Milei publicó su mega decreto con más de 300 artículos de desregulación total de la economía argentina. Como en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) promulgado el jueves 21 de diciembre en el Boletín Oficial no se especifica su fecha de entrada en vigencia, según establece el Código Civil y Comercial, la normativa comenzará a regir automáticamente dentro de 8 días, el 29 de diciembre,. No obstante, el Presidente afirmó en la mañana de ayer que «ya está vigente». ¿Qué pasa si el Congreso decide invalidarlo? Cómo son los tiempos de ese proceso.

Por lo general, dentro del cuerpo de este tipo de decretos, el Poder Ejecutivo suele aclarar que la norma entra en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, esto no sucedió. Según publica Página|12, después de dialogar con el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quién confirmó que como el DNU no lo aclara, se aplica el artículo 5 del Código Civil y Comercial (CCC).

Este artículo establece que “las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”. En tanto, como el DNU de “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina” no pone fecha, el documento y todo su contenido entrará en vigor recién mañana, viernes 29 de diciembre.

Sin embargo, Milei sostuvo en declaraciones a Radio Rivadavia que el DNU «ya está vigente». Según dijo, «cuando sale un DNU significa que ya está vigente» por lo que consideró que «no hace falta sacar otro» decreto para aclarar la fecha en que empieza a regir.

Sobre la Ley de Alquileres

En una oportunidad, Milei hizo referencia a la derogación ley de Alquileres y aseguró «hacemos lo que hacemos, para combatir el déficit fiscal». «Eso tiene consecuencias y lo tenes que financiar. Con emisión, deudas o impuestos. Cuando aparecen efectos no deseados, se generan normativas que intentan reparar efectos y no causas», argumentó.

El presidente destacó constantemente la necesidad de «derogar la Ley de Alquileres» para permitir la libre negociación de contratos «en cualquier moneda». Según él, esta ley «solo generó daño, perjudicando a aquellos que pretendía proteger». La propuesta de dolarización de los alquileres apunta a dar mayor libertad monetaria y eliminar restricciones impuestas por la normativa vigente.

La Ley de Alquileres 27.551, sancionada en 2020, establece las reglas para los contratos de alquiler en Argentina, fijando los precios en pesos argentinos y prohibiendo la dolarización. La derogación de esta ley podría traer aparejados cambios significativos en el mercado de alquileres, permitiendo a propietarios fijar precios en la moneda estadounidense.

La normativa actual establece contratos de tres años, ajustes semestrales y la moneda en pesos.

Si bien la propuesta de Milei generó debates sobre sus posibles impactos, los inquilinos muestran preocupación ante la perspectiva de una dolarización que podría aumentar significativamente los costos de vida. Por otro lado, los propietarios respaldan la medida, considerándola una forma de proteger sus ingresos de la inflación.

La implementación de estas reformas se espera que sea inmediata. Además, el libertario considera que la dolarización es una medida necesaria para liberalizar el mercado de alquileres y reducir la burocracia.

¿El Congreso puede invalidar?

Desde su publicación, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, tiene un plazo de 10 días para enviar el DNU a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación, este cuerpo tiene otro plazo de 10 días hábiles, desde que lo recibe, para emitir un dictamen respecto a la validez o invalidez del decreto y enviarlo al Senado y a la Cámara de Diputados para que se trate en el recinto.

Asimismo, si la comisión no lo hace en el plazo establecido, ambas cámaras deben tratar el tema de oficio. Por lo que, en el más dilatado de los casos, la validez del DNU se definiría a más tardar el 15 de enero de 2024, aunque también podría ocurrir antes si los distintos actores involucrados en el proceso cumplen sus compromisos institucionales antes de que finalicen los plazos establecidos.

En cuanto al tratamiento en sí, lo cierto es que la Constitución solo habilita el uso del DNU en “circunstancias excepcionales” donde el Congreso estaría impedido de continuar con sus “trámites ordinarios” para la sanción de leyes. Además, se prohíbe su uso en materia penal, tributaria, electoral y de régimen de partidos políticos.

Cómo se valida o invalida

Ambas cámaras solo pueden validar o invalidar el decreto a partir del voto por mayoría absoluta (la mitad más uno de los presentes, obviamente luego de obtener el quórum necesario para sesionar). A su vez, no están habilitadas para introducir enmiendas, modificaciones o agregados al documento.

De esta manera, se prevé que si ninguna cámara decide tratarlo o si el documento es aprobada por una de ellas y rechazado por la otra, el DNU continúa vigente. En cambio, para que el decreto se caiga y pierda vigencia, debe ser rechazado por ambas cámaras.