Comercializaba en un taller en el Barrio Escondido. La policía lo detuvo después de una persecución a fines de marzo.

El juez del Tribunal Orla Federal de Santa Rosa, José Tripputi, condenó a cuatro años de prisión al dueño de un taller mecánico del Barrio Escondido por tenencia de droga con fines de comercialización. Además, condenó a un año en suspenso a otra persona, aunque solo por tenencia.

La sentencia se conoció la semana pasada en el marco de un juicio abreviado acordado entre la fiscala Iara Silvestre y el defensor Nicolás Casagrande. Kevin Ramiro Frank fue condenado a cuatro años de prisión. Agustín Miguel Llanos fue sentenciado a un año en suspenso.

Las dos personas fueron demoradas el pasado 31 de marzo en un operativo policial ordenado en el marco de una investigación que comandó el juez federal Juan Baric desde diciembre del año pasado. La investigación se había iniciado con escuchas telefónicas que detectaron diálogos compatibles con comercialización de drogas.

A fines de mes la policía montó vigilancia en el taller mecánico y constató la entrega de droga a un cliente. El principal sospechoso, Frank, huyó e intentó atropellar a un motorista policial en su carrera, que pudo esquivarlo. Fue demorado por la policía después de una riesgosa persecución.

La policía secuestró droga también en dos allanamientos en las viviendas del barrio de los dos involucrados.

Durante el juicio, Frank se negó a declarar. En cambio, Llanos admitió su responsabilidad y explicó su situación familiar, manifestando que su madre tiene a cargo sus cuatro hijos menores y solicitando se le restituyan los elementos y dinero que a ella le pertenecían, agregando en ese momento que son de extrema necesidad para los menores.

El defensor reiteró el pedido de prisión domiciliaria en beneficio de su asistido Frank, fundando su pedido en cuestiones familiares. Compartiendo la postura expresada por la fiscalía, el juez entendió  que corresponde diferir su tratamiento por considerar que la prisión domiciliaria es una alternativa para el cumplimiento de la pena y que quien está facultado para disponerla es el Juez de Ejecución.